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HomeNoticiasComisión de Biodiversidad aprueba informe para primer debate de Ley de Minería

Comisión de Biodiversidad aprueba informe para primer debate de Ley de Minería

  • 2019-05-15

Esta Ley establece que los concesionarios podrán autorizar la realización de minería artesanal

Esta tarde, la Comisión de Biodiversidad de la Asamblea Nacional, aprobó el informe para primer debate de las reformas a la Ley de Minería que, entre otros aspectos, establece que los concesionarios mineros podrán autorizar la realización de trabajos de minería artesanal en el área de su concesión, mediante la celebración de contratos de operación regulados por el Ministerio Sectorial.

En el informe también se contempla la prohibición a toda actividad minera metálica y no metálica en cualquiera de sus fases dentro del Sistema Nacional de Áreas Protegidas; centros urbanos y poblados, fuentes de agua y en zonas declaradas como áreas intangibles. El Gobierno Nacional y los gobiernos autónomos descentralizados deberán adoptar las medidas y acciones correspondientes para velar por el cumplimiento de esta disposición.

Otra de las reformas propuestas, modifica el artículo 30 por el cual el Estado podrá, excepcionalmente, delegar la participación en el sector minero a través de las concesiones. La concesión minera, se explica en el comunicado de la Comisión de Biodiversidad, es un acto administrativo que otorga un título minero, sobre el cual el titular tiene un derecho real distinto e independiente del dominio del predio superficial, que es transferible previa la calificación obligatoria de la idoneidad del cesionario de los derechos mineros por parte del Ministerio Sectorial y, sobre este, se podrán establecer prendas, cesiones en garantía y otras previstas en las leyes, de acuerdo con las prescripciones y requisitos contemplados en la ley y su reglamento.

En el proyecto se determina también la obligatoriedad de suscribir los contratos de operación con mineros artesanales, previamente afincados en la concesión, debidamente censados y calificados, es decir, que no sean mineros ilegales y se incluye como requisito el informe favorable de la entidad rectora de recursos hídricos para las labores de minería artesanal.

[PC]

Fuente: Comunicado Asamblea Nacional – Ecuador Inmediato

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